Ex intendentes recibieron sus jubilaciones

Miércoles 29 de diciembre de 2010

Luego de más de un año de que se aprobara la ley por la cual se le adjudica una jubilación a los jefes comunales que hayan sido electos en municipios de Misiones, cuatro ex intendentes recibieron las resoluciones del directorio del Instituto de Previsión Social (IPS) en las que se les otorga sus  jubilaciones ordinarias.
Así se puso en práctica la Ley Nº 4503, referida al régimen de Jubilaciones y Pensiones para los ex jefes comunales.
La norma entró en vigencia a través del Decreto Nº 1402 del 30 de agosto de este año, con la firma del gobernador Maurice Closs.

En una ceremonia realizada en el directorio del Instituto de Previsión Social, encabezada por su presidente Sandra Montiel, se firmaron las resoluciones mediante las cuáles se le otorga la jubilación a los ex intendentes Héctor Díaz, de Puerto Piray; Jacobo Berent, de Colonia Alberdi; y Pedro Mussard, de Olegario Víctor Andrade. Con anterioridad había sido rubricada la resolución mediante la cual también se otorgó el beneficio a Luis Ángel López, ex intendente de Puerto Esperanza.
En el acto participaron los ex jefes comunales, el diputado Oscar Redzuk y el diputado mandato cumplido Luis Lorenzetti, autores de la norma que fue debatida en la Cámara de Representantes de Misiones en agosto de 2009.
La titular del IPS afirmó que “para todos los que formamos parte del gobierno constituye un reconocimiento a los intendentes de la democracia, a los hombres que aportaron en sus municipios en diferentes gobiernos democráticos”.
La Ley Nº 4503 establece en su artículo 1º que “quedan comprendidos en los alcances de la Ley aquellos que hubieran tomado posesión del cargo de jefe del Departamento Ejecutivo Municipal, siempre que se hubiesen desempeñado por los menos un mínimo de dos años y que hayan sido elegidos por el cuerpo electoral, quedando excluidos aquellos que hubieran ocupado el cargo en forma interina por vacante producida por renuncia, muerte, destitución, suspensión o licencia del titular electo”.

 

El tratamiento de la ley
En agosto de 2009, los diputados provinciales aprobaron la incorporación de la figura de los intendentes a la ley número Nº 2.471 de jubilaciones especiales a Magistrados y Funcionarios de Misiones. Con esto, los intendentes y ex intendentes con más de 60 años de edad, 30 años de aporte, y como mínimo 10 en el Instituto de Previsión Social, contarán con una jubilación.
En la ocasión en que se debatió esta ley, en la Legislatura se hizo presente el Gobernador, quien estuvo acompañado por su padre, Ramón “Moncho” Closs, ex intendente de Aristóbulo del Valle.
Los diputados debatieron durante más de dos horas la incorporación de los jefes comunales a la ley de jubilaciones especiales de la Provincia.
Finalmente, con el voto positivo de 34 Legisladores, y la negativa de tres, se sancionó el proyecto de ley que fuera redactado por los diputados Luis Lorenzetti y Oscar Redczuk.
A partir de la entrada en vigencia de este proyecto de ley, los intendentes acceden a una jubilación que será equivalente al 80 por ciento de la que perciba un diputado, para el caso de los municipios de primera categoría; de un 70 por ciento para los de municipios de segunda categoría y de un 60 por ciento para las comunas de tercera categoría.